RROG
Consejo para el Desarrollo del Área Económica de la Zona Económica Especial de Kostrzyn-Słubice S.A. - órgano consultivo y plataforma de diálogo entre las empresas y las administraciones locales.
Ámbito de actuación del Consejo
El Consejo para el Desarrollo del Área Económica de la Zona Económica Especial de Kostrzyn-Słubice S.A., en su composición actual, se constituyó el 22.05.2025 en Mierzęcin y está formado por 36 miembros. Su ámbito de actuación es el área en la que K-S SSE S.A. desempeña las funciones establecidas en la ley de 10 de mayo de 2018 sobre el apoyo a las nuevas inversiones (Dz.U. de 2025, pos. 469). Son los siguientes:
Organización y modo de funcionamiento
La organización y el modo de trabajo del Consejo se rigen por el Reglamento aprobado por el Consejo en su primera reunión, celebrada el 22.05.2025 en Mierzęcin.
📄 Reglamento del Consejo para el Desarrollo del Área Económica
Reglamento
del Consejo para el Desarrollo del Área Económica
de la Zona Económica Especial de Kostrzyn-Słubice S.A.
aprobado el 22 de mayo de 2025
I. DISPOSICIONES GENERALES
§ 1
- El Consejo para el Desarrollo del Área Económica de la Zona Económica Especial de Kostrzyn-Słubice S.A. fue creado para actuar en el área en la que la Zona Económica Especial de Kostrzyn-Słubice S.A. desempeña las funciones establecidas en la ley de 10 de mayo de 2018 sobre el apoyo a las nuevas inversiones (Dz.U. de 2025, pos. 469).
- El presente Reglamento establece la organización y las normas de funcionamiento del Consejo para el Desarrollo del Área Económica de la Zona Económica Especial de Kostrzyn-Słubice S.A.
§ 2
El Consejo para el Desarrollo del Área Económica de la Zona Económica Especial de Kostrzyn-Słubice S.A. actúa con arreglo al artículo 11 de la ley sobre el apoyo a las nuevas inversiones y al presente Reglamento.
§ 3
Glosario de términos:
- Consejo – Consejo para el Desarrollo del Área Económica de la Zona Económica Especial de Kostrzyn-Słubice S.A.;
- Gestor – Zona Económica Especial de Kostrzyn-Słubice S.A.;
- Ley – ley de 10 de mayo de 2018 sobre el apoyo a las nuevas inversiones;
- Área – terrenos en los que el Gestor del área desempeña las funciones establecidas en la ley.
II. COMPOSICIÓN Y FORMA DE NOMBRAMIENTO DEL CONSEJO
§ 4
- El Consejo está formado por entre 15 y 50 miembros.
-
El Consejo está integrado por:
- representantes de los empresarios que operan en el área del Gestor sobre la base de permisos o decisiones de apoyo válidos, incluido al menos un representante de las microempresas, pequeñas y medianas empresas y al menos un representante de las grandes empresas; se considera que por cada voivodato que forma parte del área corresponden 4 (cuatro) representantes de los empresarios; en caso de que no haya microempresas con una decisión de apoyo válida, se admite la participación de dos representantes de las pequeñas empresas;
- representantes de las entidades de la administración local, con exclusión de las administraciones indicadas en la letra d de este párrafo, situadas dentro de los límites del área del Gestor; se considera que por cada voivodato que forma parte del área corresponden cuatro representantes de las administraciones de municipios y distritos (powiaty), incluidos al menos dos representantes de las administraciones municipales;
- los mariscales de los voivodatos que forman parte del área, pudiendo el mariscal participar a través de su representante;
- representantes de las entidades de la administración local que forman parte del accionariado de la sociedad gestora del área, uno por cada municipio;
- representantes de los consejos regionales de diálogo social.
§ 5
- Los miembros del Consejo son elegidos por el Gestor.
- Al elegir a los miembros del Consejo, el Gestor procura mantener el equilibrio entre los grupos de entidades representados en el Consejo.
- El Gestor admite que los miembros del Consejo recomienden nuevos candidatos al Consejo, debiendo los nuevos miembros representar a los grupos indicados en el § 4, apartado 2, letras a y b.
- El número total de miembros del Consejo no debe superar las 50 personas.
§ 6
- Los miembros del Consejo son nombrados por el periodo de un mandato común del Consejo de 4 años.
-
El mandato de un miembro del Consejo finaliza en caso de:
- cese del miembro del Consejo por el Gestor;
- fallecimiento del miembro del Consejo;
- renuncia a la condición de miembro del Consejo.
- Si deja de ejercer la función de representante de una entidad de la administración local o de un consejo regional de diálogo social, el miembro del Consejo está obligado a presentar su renuncia a la condición de miembro del Consejo en el plazo de 30 días. Si no presenta la renuncia en el plazo fijado, la condición de miembro del Consejo se extingue al expirar infructuosamente dicho plazo.
- Si un miembro del Consejo es nombrado durante el mandato común de 4 años del Consejo, su mandato expira al mismo tiempo que finaliza el mandato de todo el Consejo.
III. COMPETENCIAS DEL CONSEJO
§ 7
- El Consejo presenta opiniones y propuestas sobre asuntos relativos al ejercicio de la actividad económica en el área y propone líneas de actuación para mejorar el entorno de las empresas y el desarrollo socioeconómico del área.
- El Consejo puede presentar a las autoridades de los municipios o distritos (powiaty) situados en el área en la que actúa recomendaciones sobre medidas que puedan contribuir a aumentar el atractivo inversor del municipio o distrito (powiat) correspondiente.
- Las opiniones y propuestas del Consejo no son vinculantes para el Gestor.
IV. ORGANIZACIÓN Y MODO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO
§ 8
- La organización y el modo de trabajo del Consejo se rigen por el Reglamento aprobado por el Consejo en su primera reunión.
- En su primera sesión, los miembros del Consejo eligen de entre sus filas a un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario del Consejo. La elección se realiza por mayoría simple de votos.
- Cualquier miembro del Consejo puede proponer candidatos a las funciones de Presidente, Vicepresidente y Secretario del Consejo. El candidato debe dar su consentimiento para desempeñar la función.
- El Consejo puede cesar en cualquier momento al Presidente, al Vicepresidente y al Secretario del Consejo.
- El Presidente, el Vicepresidente o el Secretario del Consejo pueden presentar su dimisión. La declaración escrita de dimisión se presenta al Administrador. En caso de que el Presidente, el Vicepresidente o el Secretario del Consejo sea cesado o deje de desempeñar su función por otros motivos, el Consejo realizará una nueva elección para el cargo vacante en la sesión más próxima.
§ 9
- El Consejo celebra sesiones según las necesidades, al menos una vez al año.
- La primera sesión del Consejo la convoca el Administrador, así como otras sesiones cuando el cargo de Presidente esté vacante.
- Las sesiones posteriores del Consejo las convoca el Presidente del Consejo, previo acuerdo por escrito con el Administrador sobre la fecha y el lugar.
- El Presidente convoca las sesiones del Consejo notificándolo a sus miembros con al menos 14 días de antelación a la dirección de correo electrónico que hayan facilitado.
- En la convocatoria de la sesión del Consejo, el Presidente fija la fecha de la sesión, el lugar de las deliberaciones y el orden del día.
- Cada miembro del Consejo puede presentar, en un plazo de 7 días antes de la fecha fijada para la sesión, propuestas de puntos para el orden del día junto con un proyecto de resolución.
- Dirige los trabajos del Consejo su Presidente y, en su ausencia, el Vicepresidente o el Secretario.
- Se admite que las reuniones del Consejo se celebren en línea.
- Se admite la posibilidad de realizar votaciones por vía electrónica cuando no sea necesaria una votación secreta.
- En las sesiones del Consejo participan al menos dos representantes del Administrador, aunque sin derecho de voto en la adopción de resoluciones.
- Las sesiones del Consejo se celebran con una participación mínima de ¼ de los miembros del Consejo, incluida la participación del Presidente o del Vicepresidente.
§ 10
- El Presidente es responsable de organizar las sesiones del Consejo y de preparar los materiales para las mismas.
- El Secretario del Consejo es responsable de llevar la documentación del Consejo.
-
Los miembros del Consejo están obligados a:
- participar en las sesiones y en los trabajos del Consejo,
- guardar el secreto en los asuntos que constituyan secreto profesional o comercial relativos a la Zona y a los empresarios ubicados en su territorio.
§ 11
- El Consejo adopta resoluciones mediante votación.
- La votación es pública, salvo en asuntos personales, en los que el Presidente ordena una votación secreta.
- Se admite la posibilidad de votar en asuntos personales de forma pública cuando así lo decida el Presidente. La oposición a ello presentada por la persona a la que afecta el asunto objeto de votación obliga a realizar una votación secreta.
- Las resoluciones del Consejo se adoptan por mayoría simple de los votos de los miembros presentes en la sesión.
- En caso de empate, decide el voto del Presidente.
§ 12
- De las sesiones del Consejo se levanta acta.
- El acta debe contener la fecha y el lugar de celebración de la sesión, la lista de los miembros del Consejo presentes y de otras personas que participen en la sesión, el orden del día fijado, los resultados de la votación de cada decisión y el texto de las resoluciones en forma de anexos al acta.
- Las actas y las resoluciones las firman el Presidente o el Vicepresidente y el Secretario del Consejo.
- Las actas y resoluciones del Consejo aprobadas y firmadas se conservan en poder del Administrador. Las actas y resoluciones del Consejo se ponen a disposición de los miembros del Consejo, a petición de estos, en el lugar de conservación o en formato electrónico en la dirección de correo electrónico que faciliten.
V. DISPOSICIONES FINALES
§ 13
- El Administrador presta el apoyo administrativo al Consejo.
- El Consejo utiliza los locales de oficina, los equipos y los materiales del Administrador dentro de los límites determinados por la necesidad material.
- Los posibles costes relacionados con la organización de las sesiones del Consejo los sufraga el Administrador, previo acuerdo sobre el tipo y el importe de dichos costes.
- Los miembros del Consejo no tienen derecho a remuneración por su participación en los trabajos del Consejo.
§ 14
El Reglamento entra en vigor el día de su aprobación.
Cargos actuales en el Consejo
Presidente
Sebastian Ciemnoczołowski – Mariscal del voivodato de Lubusz
Vicepresidente
Piotr Sobolewski – Alcalde de Myślibórz
Secretario del Consejo
Beata Hanyżak – Starosta del distrito (powiat) de Szamotuły
Contacto rrog@kssse.pl
Composición del Consejo
Voivodato de Lubusz
Dariusz Woźniak
BIOSTRA Górzyca Sp. z o.o.
dr Rafał Prendke
HIPROMINE S.A.
Przemysław Wojdyło
HOFMAN Słubice Sp. z o.o.
Michał Wrembel
ICT POLAND Sp. z o.o.
Marcin Pabierowski
Ayuntamiento de Zielona Góra
Radosław Sosnowski
Ayuntamiento del municipio y ciudad de Lubniewice
Krzysztof Karwatowicz
Distrito (powiat) de Gorzów
Tomasz Prozorowicz
Distrito (powiat) de Sulęcin
Sebastian Ciemnoczołowski
Oficina del Mariscal del voivodato de Lubusz
Henryk Maciej Woźniak
Consejo de Diálogo Social
Voivodato de Gran Polonia
Mateusz Swędrzyński
UPNET Sp. z o.o.
Damian Milibrand
NOWY SAMOCHÓD S.A.
Wojciech Stramski
BEYONDpl. Sp. z o.o.
Michał Rakowski
AMICA S.A.
Paweł Adam
Ayuntamiento del municipio y ciudad de Buk
Małgorzata Machalska
Ayuntamiento de Luboń
Michał Powałowski
Ayuntamiento de Gniezno
Beata Hanyżak
Distrito (powiat) de Szamotuły
Jacek Bogusławski
Oficina del Mariscal del voivodato de Gran Polonia
Zbyszko Pawlak
Consejo de Diálogo Social
Voivodato de Pomerania Occidental
Bartłomiej Stępień
ELEKTRYKA MORSKA
Maja Bromowska
KOMPAS INWESTYCJI Sp. z o.o. Sp.k.
Radosław Kotylak
TWEETOP Sp. z o.o.
Magdalena Góralska
BULK TERMINAL Sp. z o.o.
Michał Przepiera
Ayuntamiento de Szczecin
Rafał Zając
Ayuntamiento de Stargard
Piotr Sobolewski
Ayuntamiento del municipio y ciudad de Myślibórz
Ewa Dudar
Distrito (powiat) de Gryfino
Olgierd Geblewicz
Oficina del Mariscal del Voivodato de Pomerania Occidental
Adam Rudawski
Consejo de Diálogo Social
Accionistas de K-S SSE S.A.
dr Andrzej Kunt
Ayuntamiento de Kostrzyn nad Odrą
Marzena Słodownik
Ayuntamiento de Słubice
Jacek Wójcicki
Ayuntamiento de Gorzów Wielkopolski
Beata Kulczycka
Ayuntamiento de Nowa Sól
Jacek Sauter
Ayuntamiento y Municipio de Bytom Odrzański
Zbigniew Bołoczko
Ayuntamiento de Gubin
Competencias
del Consejo de Desarrollo del Área Económica de la Zona Económica Especial de Kostrzyn-Słubice S.A.
Presenta opiniones y propuestas en asuntos relativos al ejercicio de la actividad económica en el territorio del área.
Propone líneas de actuación para mejorar el entorno de las empresas y el desarrollo socioeconómico del área.
El Consejo puede presentar a las autoridades de los municipios o distritos (powiat) situados en el territorio del área en el que actúa recomendaciones sobre medidas que puedan contribuir a aumentar el atractivo inversor del municipio o distrito (powiat) en cuestión.
Equipos de trabajo que actúan en el marco del RROG
composición personal
1. Equipo de Infraestructura
2. Equipo de Promoción Económica y Educación
3. Equipo para la Eliminación de Barreras Jurídicas y Económicas
Equipos de trabajo: principales áreas de competencia
los equipos se centran en el asesoramiento y las recomendaciones, y no en la gestión directa
1. Equipo de Infraestructura
| Área de competencia | Descripción y ejemplos de actuaciones |
|---|---|
| Planificación y desarrollo de la infraestructura técnica | Asesoramiento en la preparación de terrenos de inversión (greenfield/brownfield), incluida la dotación de suministros (agua, gas, electricidad, alcantarillado). Recomendaciones para proyectos de infraestructura que aumenten la accesibilidad de la zona (p. ej., la integración con la red de carreteras S3). |
| Cooperación con las administraciones locales y los inversores | Emisión de opiniones sobre iniciativas de las administraciones locales relativas a infraestructuras (p. ej., circunvalaciones, redes de transporte). Creación de alianzas entre las entidades de administración local, los empresarios y la dirección de KSSSE para obtener fondos de la UE para proyectos de infraestructura. |
| Análisis y recomendaciones legislativas | Evaluación de las barreras de infraestructura en el entorno empresarial (p. ej., la falta de conexiones viarias o energéticas) y formulación de propuestas de cambios jurídicos o de inversión para los municipios y distritos (powiat) del área de KSSSE (voivodatos de Lubusz, Pomerania Occidental y Gran Polonia). |
| Promoción del atractivo inversor | Apoyo en la promoción de la zona destacando su infraestructura desarrollada (p. ej., la proximidad de la frontera con Alemania, la autopista A2). Recomendaciones para actuaciones que aumenten la competitividad de la región, incluida una infraestructura sostenible (p. ej., electromovilidad, hidrógeno). |
2. Equipo de Promoción Económica y Educación
| Área de competencia | Descripción y ejemplos de actuaciones |
|---|---|
| Promoción de la inversión y del emprendimiento | Impulso de iniciativas para el desarrollo de inversiones, identificación de líneas estratégicas del desarrollo socioeconómico de la región y recomendación de medidas que aumenten el atractivo inversor de los terrenos de las administraciones locales. |
| Cooperación en materia de educación y formación | Consultas sobre la formación de los trabajadores, apoyo a la formación profesional, desarrollo de clústeres e iniciativas relacionadas con la ejecución de proyectos |
| Organización de eventos y conferencias | Planificación y realización de conferencias, reuniones y otras iniciativas promocionales destinadas a reforzar la competitividad de la región y el diálogo entre las empresas, las administraciones locales y las instituciones educativas. |
3. Equipo para la Eliminación de Barreras Jurídicas y Económicas
| Área de competencia | Descripción y ejemplos de actuaciones |
|---|---|
| Identificación de barreras jurídicas | Análisis y catalogación de la normativa administrativa, procedimental y legislativa (p. ej., en materia de derecho de la construcción, fiscal o medioambiental) que dificulta las inversiones en la zona económica. |
| Identificación de barreras económicas | Evaluación de los obstáculos económicos, como la falta de infraestructura, la escasez de personal o las limitaciones de acceso a la financiación, que afectan al atractivo inversor de la región |
| Formulación de recomendaciones | Elaboración de propuestas de cambios legislativos, simplificación de procedimientos o iniciativas locales dirigidas al Gobierno, al Parlamento y a las administraciones locales. |
| Cooperación y asesoramiento | Asesoramiento a inversores y empresarios para sortear o eliminar barreras; coordinación con instituciones como PARP o los ministerios de economía. |
Crónicas de los eventos del RROG
Resúmenes y crónicas de las reuniones del Consejo para el Desarrollo del Área Económica